CASO 2
Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia,
desde el inicio de su formación hace tres meses y medio,
ha sido muy dedicado y cuidadoso en realizar las actividades
de formación que le han planteado sus tutores en la guías
de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente
de los trabajos presentados para conocer cómo
le ha ido a lo largo de su proceso.
Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación,
este le responde: “Usted debe saber cómo va, para
eso hizo las actividades”. Nicolás está muy preocupado porque
teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha
comentado que solo estará en el SENA por dos meses más,
porque debe irse para otra región a encontrarse con su familia.
Nicolás decide de manera respetuosa solicitar por escrito
los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere hacerlo
cumpliendo con la normatividad del SENA.
ANÁLISIS DEL CASO
De acuerdo con la intención de nicolas de hacer una solicitud oficial para recibir los juicios
de evaluación de las evidencias presentadas:
1. ¿En qué capítulo, artículo e ítemes del Reglamento de Aprendices, se debe amparar
Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?
Analice el caso descrito y proponga una solución. Publique el resultado
del análisis y las respuestas a los interrogantes planteados en el blog individual que usted ha creado.
SOLUCION DEL CASO
PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO, DESERCIÓN.
3. Revisión de los Resultados de Evaluación: El Instructor debe analizar el avance del proceso de formación, identificando con el Aprendiz sus logros y dificultades, retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:
- Presentar solicitud de forma escrita al Instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el Instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los fundamentos del desacuerdo.
- Esta solicitud debe ser contestada por el Instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.
- Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el Aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del Aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el Aprendiz.
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